Ley [LOEFAM]

Articulo 102

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 102. Los cuerpos Especiales del Ejército y Fuerza Aérea quedan constituidos por los organismos que tienen asignadas misiones, para cuyo cumplimiento sus componentes deben poseer conocimientos y preparación específicos para el manejo de los medios materiales de que están dotados y para la aplicación de la técnica o táctica que corresponda.

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