Ley [LOEFAM]
Articulo 116
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 116. Los cuerpos de Defensas Rurales estarán permanentemente organizados en unidades armadas, equipadas y adiestradas.
Ley [LOEFAM]
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 116. Los cuerpos de Defensas Rurales estarán permanentemente organizados en unidades armadas, equipadas y adiestradas.