Ley [LOEFAM]
Articulo 123
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 123. El Plan General de Educación Militar, determinará los cursos que deban impartirse en los diversos establecimientos de educación militar, así como en las unidades y dependencias del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional.
La aplicación de estos cursos será supervisada por la Dirección General de Educación Militar.
Artículo reformado DOF