Ley [LOEFAM]

Articulo 143

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 143. El personal que obtenga la jerarquía de Sargento, como resultado de haber terminado satisfactoriamente el Curso de Formación en el Arma o Servicio correspondiente del Ejército y Fuerza Aérea, es profesional.

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