Ley [LOEFAM]
Articulo 149
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 149. El Reclutamiento del personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea, se llevará a cabo:
- Por conscripción, de conformidad con lo establecido en la ; y
- Por enganche voluntario, seleccionando a los individuos que lo soliciten, bajo las condiciones estipuladas en los contratos de enganche correspondientes.