Ley [LOEFAM]
Articulo 158
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 158. Los cursos de capacitación para los militares a que se refiere el artículo , fracción II de , se les impartirán a su ingreso en los Servicios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, conforme a lo que establezca el Plan General de Educación Militar.
Artículo reformado DOF