Ley [LOEFAM]

Articulo 158

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 158. Los cursos de capacitación para los militares a que se refiere el artículo , fracción II de , se les impartirán a su ingreso en los Servicios del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, conforme a lo que establezca el Plan General de Educación Militar.

Artículo reformado DOF

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