Ley [LOEFAM]
Articulo 188
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 188. La Secretaría de la Defensa Nacional deberá mantener un registro permanente del personal que constituye cada una de las reservas.
Ley [LOEFAM]
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 188. La Secretaría de la Defensa Nacional deberá mantener un registro permanente del personal que constituye cada una de las reservas.