Ley [LOEFAM]
Articulo 191
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 191. Los escalafones y los grados que comprenden las Armas y Cuerpos Especiales del Ejército son los siguientes:
Párrafo reformado DOF
- De Plana Mayor, que incluye Generales de División, de Brigada y Brigadieres.
- De Infantería.
De Soldado a General de División;
- De Caballería.
De Soldado a General de División;
- De Artillería.
De Soldado a General de División;
- Del Arma Blindada.
De Soldado a General de División;
- De Ingenieros, que se divide en dos grupos:
- Ingenieros Constructores.
De Subteniente a General de División, y
Inciso reformado DOF
- Zapadores.
De Soldado a General de División.
- Ingenieros Constructores.
- Del Cuerpo Especial de Policía Militar.
De Soldado a General de Brigada;
Párrafo reformado DOF
Fe de erratas a la fracción DOF . Reformada DOF
- Del Cuerpo Especial de Música Militar.
De Soldado a Teniente Coronel, y
Párrafo reformado DOF
Fracción reformada DOF
- Del Cuerpo Especial de Aerotropas.
De Soldado a Sargento Primero.
Fracción adicionada DOF