Ley [LOEFAM]

Articulo 191

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 191. Los escalafones y los grados que comprenden las Armas y Cuerpos Especiales del Ejército son los siguientes:

Párrafo reformado DOF

  1. De Plana Mayor, que incluye Generales de División, de Brigada y Brigadieres.
  2. De Infantería.

    De Soldado a General de División;

  3. De Caballería.

    De Soldado a General de División;

  4. De Artillería.

    De Soldado a General de División;

  5. Del Arma Blindada.

    De Soldado a General de División;

  6. De Ingenieros, que se divide en dos grupos:
    1. Ingenieros Constructores.

      De Subteniente a General de División, y

      Inciso reformado DOF

    2. Zapadores.

      De Soldado a General de División.

  7. Del Cuerpo Especial de Policía Militar.

    De Soldado a General de Brigada;

    Párrafo reformado DOF

    Fe de erratas a la fracción DOF . Reformada DOF

  8. Del Cuerpo Especial de Música Militar.

    De Soldado a Teniente Coronel, y

    Párrafo reformado DOF

    Fracción reformada DOF

  9. Del Cuerpo Especial de Aerotropas.
De Soldado a Sargento Primero.

Fracción adicionada DOF

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