Ley [LOEFAM]

Articulo 2/o bis

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 2/o bis. El personal militar podrá efectuar operaciones de apoyo a las instituciones de seguridad pública en los términos que señale el marco jurídico aplicable.

Artículo adicionado DOF

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