Ley [LOEFAM]
Articulo 2/o bis
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 2/o bis. El personal militar podrá efectuar operaciones de apoyo a las instituciones de seguridad pública en los términos que señale el marco jurídico aplicable.
Artículo adicionado DOF