Ley [LOEFAM]
Articulo 45
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 45. Los organismos constituidos por tropas del Ejército y Fuerza Aérea, estructurados internamente en dos o más escalones, equipados y adiestrados para cumplir misiones operativas en el combate y que funcionan esencialmente bajo normas tácticas en el cumplimiento de sus misiones, reciben el nombre de Unidades.