Ley [LOEFAM]
Articulo 47
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 47. Los Mandos Operativos de cualquier nivel jerárquico serán ejercidos por militares de Arma o Pilotos Aviadores, según corresponda.
Ley [LOEFAM]
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 47. Los Mandos Operativos de cualquier nivel jerárquico serán ejercidos por militares de Arma o Pilotos Aviadores, según corresponda.