Ley [LOEFAM]
Articulo 53
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 53. El Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos desarrollan sus acciones de Defensa Nacional en forma conjunta y se mantienen unidas en una sola Dependencia.
Está compuesta por: Unidades de Combate, Unidades de los Servicios, Cuerpos Especiales, Cuerpos de Defensas Rurales y Establecimientos de Educación Militar.
Fe de erratas al artículo DOF