Ley [LOEFAM]

Articulo 63

Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos

Artículo 63. Las Unidades de Vuelo son los componentes de la Fuerza Aérea cuya misión principal es el combate Aéreo, así como la ejecución de operaciones aéreas militares en tiempo de paz y de guerra, que actúan en la forma peculiar que les impone la misión y el material de vuelo de que están dotadas.

Artículo reformado DOF

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