Ley [LOEFAM]
Articulo 76
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 76. El Servicio de Ingenieros es parte integrante del Arma de Ingenieros y será dirigido por la persona titular de la dirección general de dicha arma, que deberá ostentar la jerarquía de General en activo.
Artículo reformado DOF