Ley [LOEFAM]
Articulo 99
Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo 99. La persona titular de la Dirección del Servicio de Defensa Aérea deberá ostentar la jerarquía de General en activo.
Artículo reformado DOF ,
Servicio de Mantenimiento de Material Aéreo
Denominación del apartado reformada DOF