Ley [CNPP]

Articulo 167

Código Nacional De Procedimientos Penales

El Ministerio Público sólo podrá solicitar al Juez de control la prisión preventiva o el resguardo domiciliario cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso, siempre y cuando la causa diversa no sea acumulable o conexa en los términos del .

En el supuesto de que el imputado esté siendo procesado por otro delito distinto de aquel en el que se solicite la prisión preventiva, deberá analizarse si ambos procesos son susceptibles de acumulación, en cuyo caso la existencia de proceso previo no dará lugar por si sola a la procedencia de la prisión preventiva.

La Persona Juzgadora de control en el ámbito de su competencia, ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud, así como contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

Párrafo reformado DOF ,

Las leyes generales de salud, secuestro, trata de personas, extorsión, delitos electorales y desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, así como las leyes federales para prevenir y sancionar los delitos cometidos en materia de hidrocarburos, armas de fuego y explosivos, para el control de precursores químicos, productos químicos esenciales y máquinas para elaborar cápsulas, tabletas y/o comprimidos, y contra la delincuencia organizada; y el , establecerán los supuestos que ameriten prisión preventiva oficiosa de conformidad con lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo de la .

Párrafo reformado DOF ,

Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el , de la manera siguiente:

Párrafo reformado DOF

  1. Homicidio doloso previsto en los artículos en relación al , , , , y ;
  2. Genocidio, previsto en el artículo ;
  3. Violación prevista en los artículos , y ;
  4. Traición a la patria, previsto en los artículos , , y ;
  5. Espionaje, previsto en los artículos y ;
  6. Terrorismo, previsto en los artículos al y terrorismo internacional previsto en los artículos al ;
  7. Sabotaje, previsto en el artículo , párrafo primero;
  8. Los previstos en los artículos , párrafo segundo y ;
  9. Corrupción de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo ; Pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo ; Turismo sexual en contra de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en los artículos y ; Lenocinio de personas menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, previsto en el artículo y Pederastia, previsto en el artículo ;
  10. Tráfico de menores, previsto en el artículo ;
  11. Contra la salud, previsto en los artículos , , , , párrafo primero y , parte primera del párrafo tercero;

    Fracción reformada DOF

  12. Abuso o violencia sexual contra menores, previsto en los artículos en relación con el ;

    Fracción adicionada DOF

  13. Feminicidio, previsto en el artículo ;

    Fracción adicionada DOF

  14. Robo a casa habitación, previsto en el artículo ;

    Fracción adicionada DOF

  15. Ejercicio abusivo de funciones, previsto en las fracciones I y II del primer párrafo del artículo , en relación con su cuarto párrafo;

    Fracción adicionada DOF

  16. Enriquecimiento ilícito previsto en el artículo , en relación con su séptimo párrafo, y

    Fracción adicionada DOF

  17. Robo al transporte de carga, en cualquiera de sus modalidades, previsto en los artículos y , fracción XVII.

    Fracción adicionada DOF

    [Se consideran delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, los previstos en el , de la siguiente manera:

  18. Contrabando y su equiparable, de conformidad con lo dispuesto en los artículos y , fracciones I y IV, cuando estén a las sanciones previstas en las fracciones II o III, párrafo segundo, del artículo , exclusivamente cuando sean calificados;
  19. Defraudación fiscal y su equiparable, de conformidad con lo dispuesto en los artículos y , cuando el monto de lo defraudado supere veces lo dispuesto en la fracción III del artículo del , exclusivamente cuando sean calificados, y
  20. La expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo del , exclusivamente cuando las cifras, cantidad o valor de los comprobantes fiscales, superen veces lo establecido en la fracción III del artículo del .]

    Párrafo con fracciones adicionado DOF

    Párrafo con fracciones declarado inválido por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales y publicada DOF

El juez no impondrá la prisión preventiva oficiosa y la sustituirá por otra medida cautelar, únicamente cuando lo solicite el Ministerio Público por no resultar proporcional para garantizar la comparecencia del imputado en el proceso, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima y de los testigos o de la comunidad o bien, cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, siempre que se trate de alguno de los delitos en los que sea procedente dicha forma de solución alterna del procedimiento. La solicitud deberá contar con la autorización del titular de la Fiscalía o de la persona funcionaria en la cual delegue esa facultad.

Párrafo reformado DOF

Si la prisión preventiva oficiosa ya hubiere sido impuesta, pero las partes manifiestan la voluntad de celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato, el Ministerio Público solicitará al juez la sustitución de la medida cautelar para que las partes concreten el acuerdo con el apoyo del Órgano especializado en la materia.

Párrafo adicionado DOF

En los casos en los que la víctima u ofendido y la persona imputada deseen participar en un Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias, y no sea factible modificar la medida cautelar de prisión preventiva, por existir riesgo de que el imputado se sustraiga del procedimiento o lo obstaculice, el o la Juez de Control podrá derivar el asunto al Órgano especializado en la materia, para promover la reparación del daño y concretar el acuerdo correspondiente.

Párrafo adicionado DOF

Reforma DOF : Suprimió del artículo el entonces párrafo quinto

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