Ley [CNPP]

Articulo 467

Código Nacional De Procedimientos Penales

LIBRO Segundo TÍTULO Xii CAPÍTULO II SECCIÓN II

Artículo 467. Resoluciones del Juez de control apelables

Serán apelables las siguientes resoluciones emitidas por el Juez de control:

  1. Las que nieguen el anticipo de prueba;
  2. Las que nieguen la posibilidad de celebrar acuerdos reparatorios o no los ratifiquen;
  3. La negativa o cancelación de orden de aprehensión;
  4. La negativa a autorizar actos y técnicas de investigación que requieran control judicial previo;

    Fracción reformada DOF

  5. Las que se pronuncien sobre las providencias precautorias o medidas cautelares;
  6. Las que pongan término al procedimiento o lo suspendan;
  7. El auto que resuelve la vinculación y la no vinculación del imputado a proceso;

    Fracción reformada DOF

  8. Las que concedan, nieguen o revoquen la suspensión condicional del proceso;
  9. La negativa de abrir el procedimiento abreviado;
  10. La sentencia definitiva dictada en el procedimiento abreviado;

    Fracción reformada DOF

  11. Las que excluyan algún medio de prueba o lo admitan cuando no cumpla con los requisitos legales, o sean ofrecidas fuera del término procesal correspondiente y no tengan el carácter de supervenientes y estén debidamente justificadas;

    Fracción reformada DOF

  12. Las que determinen la ilicitud o ilegalidad de algún dato o medio de prueba, o la prueba, cuando ésta sea anticipada;

    Fracción adicionada DOF

  13. La que determine la legalidad o ilegalidad de la detención;

    Fracción adicionada DOF

  14. Las que determinen la incompetencia del órgano jurisdiccional;

    Fracción adicionada DOF

  15. La negativa a autorizar la prórroga del plazo en la investigación complementaria;

    Fracción adicionada DOF

  16. La que resuelva la solicitud de la orden de comparecencia;

    Fracción adicionada DOF

  17. Las que se pronuncien sobre la restitución de bienes, objetos, instrumentos o productos del delito, o

    Fracción adicionada DOF

  18. La que se pronuncie sobre el no ejercicio de la acción penal.

    Fracción adicionada DOF

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