Ley [LMTR]
Articulo 26
Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
Artículo 26. Los acuerdos y resoluciones del Pleno de la Comisión serán de carácter público y sólo se reservarán las partes que contengan información confidencial o reservada.
Las sesiones también serán de carácter público excepto aquellas en las que se traten temas con información confidencial o reservada.
Respecto de los dos párrafos anteriores, sólo será considerada información confidencial o reservada la declarada como tal bajo los supuestos establecidos en la y demás disposiciones aplicables.