Ley [LMTR]
Articulo décimo noveno
Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
décimo noveno.. Los asuntos y procedimientos que se encuentren en trámite ante el Instituto Federal de Telecomunicaciones continuarán su trámite a cargo de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones o de la Comisión Nacional Antimonopolio, según corresponda, en términos de la legislación aplicable al momento de su inicio.