Ley [LMTR]
Articulo décimo séptimo
Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión
décimo séptimo.. El Órgano Interno de Control del Instituto Federal de Telecomunicaciones queda extinto en la misma fecha de extinción del Instituto, y los asuntos y procedimientos que a la fecha de su extinción estén a su cargo, así como los expedientes y archivos, serán transferidos a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y serán tramitados y resueltos conforme a las disposiciones jurídicas vigentes al momento de su inicio.