Ley [LMTR]

Articulo décimo sexto

Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión

TRANSITORIOS

décimo sexto.. Los expedientes y archivos que a la entrada en vigor del presente Decreto estén a cargo del para el ejercicio de sus facultades sustantivas, competencias o funciones, de conformidad con la y demás disposiciones jurídicas aplicables, serán puestos a disposición de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones o a la Comisión Nacional Antimonopolio, según corresponda, a más tardar, el último día en funciones del .

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