Ley [LMTR]

Articulo décimo tercero

Ley En Materia De Telecomunicaciones Y Radiodifusión

TRANSITORIOS

décimo tercero.. Los bienes inmuebles con que cuente el Instituto Federal de Telecomunicaciones serán puestos a disposición de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones para su ocupación conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, a más tardar, el último día en funciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

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