Artículo 146.- La regulación aplicable debe permitir que estos certificados sean negociables, debe fomentar la celebración de Contratos de Cobertura Eléctrica a largo plazo que incluyan Certificados de Energías Limpias y puede permitir el traslado de certificados excedentes o faltantes entre periodos y establecer cobros por realizar dicho traslado a fin de promover la estabilidad de precios. Los Certificados de Energía Limpia tienen una vigencia de 30 meses a partir de la fecha de su otorgamiento.
A su vez, la regulación debe permitir la adquisición, circulación y compraventa de los Certificados de Energías Limpias y los Contratos de Cobertura Eléctrica relativos a ellos, por personas que no sean Participantes de Mercado.