Ley [LSE]

Articulo 154

Ley Del Sector Eléctrico

Artículo 154.- Para certificar el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, las unidades de inspección a que se refiere el artículo de deben ser acreditadas en los términos de la . Por su parte, las unidades de inspección pueden certificar el cumplimiento de especificaciones técnicas, características específicas de la infraestructura requerida y otros estándares. Dichas unidades deben contar con la aprobación de la CNE.

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