Artículo 28.- La Secretaría debe fomentar el otorgamiento de créditos y otros esquemas para el financiamiento de Centrales Eléctricas de Generación Distribuida con Energía Limpia.
Artículo 28.- La Secretaría debe fomentar el otorgamiento de créditos y otros esquemas para el financiamiento de Centrales Eléctricas de Generación Distribuida con Energía Limpia.