Artículo 29.- La Secretaría debe fomentar la capacitación de empresas y su personal, así como de personas profesionales y personal técnico independiente, para la instalación de Centrales Eléctricas de Generación Distribuida con Energía Limpia.
Artículo 29.- La Secretaría debe fomentar la capacitación de empresas y su personal, así como de personas profesionales y personal técnico independiente, para la instalación de Centrales Eléctricas de Generación Distribuida con Energía Limpia.