Artículo 6.- El Estado establece y ejecuta la política, regulación y vigilancia del sector eléctrico a través de la Secretaría y la CNE, en el ámbito de sus respectivas competencias, teniendo como objetivos los siguientes:
- Garantizar la eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, y seguridad del Sistema Eléctrico Nacional;
- Promover que las actividades del sector eléctrico se realicen bajo criterios de Sostenibilidad y Justicia Energética;
- Impulsar la inversión, donde ésta sea factible, en el Sector Eléctrico;
- Propiciar el desarrollo eficiente del sector eléctrico, respetando los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas y los convenios internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas de los que el Estado forma parte;
- Fomentar la diversificación de la matriz de generación de energía eléctrica, así como la seguridad y soberanía energética nacional;
- Impulsar la universalización del Suministro Eléctrico;
- Garantizar la operación eficiente y Confiable del Mercado Eléctrico Mayorista;
- Detectar y corregir fallas de diseño en las Reglas del Mercado, e identificar problemas estructurales y prácticas desleales, y
- Proteger los intereses de las Usuarias Finales.