LIBRO Segundo TÍTULO Quinto CAPÍTULO II
Artículo 173 .- Se aplicarán de tres a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad:
Párrafo reformado DOF ,
- I- Al que abra indebidamente una comunicación escrita que no esté dirigida a él, y
- II- Al que indebidamente intercepte una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.
- IIos delitos previstos en este artículo se perseguirán por querella.
Párrafo adicionado DOF