Ley [CPF]

Articulo 189

Código Penal Federal

LIBRO Segundo TÍTULO Sexto CAPÍTULO IV

Artículo 189 .- Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer lícitamente sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de uno a seis años de prisión, además de la que le corresponda por el delito cometido.

Fe de erratas al artículo DOF . Reformado DOF

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