Ley [CPF]

Articulo 139 quáter

Código Penal Federal

LIBRO Segundo TÍTULO Primero CAPÍTULO VI BIS

Artículo 139 quáter.- Se impondrá la misma pena señalada en el artículo de , sin perjuicio de las penas que corresponden por los demás delitos que resulten, al que por cualquier medio que fuere ya sea directa o indirectamente, aporte o recaude fondos económicos o recursos de cualquier naturaleza, con conocimiento de que serán destinados para financiar o apoyar actividades de individuos u organizaciones terroristas, o para ser utilizados, o pretendan ser utilizados, directa o indirectamente, total o parcialmente, para la comisión, en territorio nacional o en el extranjero, de cualquiera de los delitos previstos en los ordenamientos legales siguientes:

  1. Del , los siguientes:
    1. Terrorismo, previstos en los artículos , y ;
    2. Sabotaje, previsto en el artículo ;
    3. Terrorismo Internacional, previsto en los artículos , y ;
    4. Ataques a las vías de comunicación, previstos en los artículos , fracción IX, y , párrafos primero, segundo y tercero, y
    5. Robo, previsto en el artículo .
  2. De la Ley que Declara Reservas Mineras los Yacimientos de Uranio, Torio y las demás Substancias de las cuales se obtengan Isótopos Hendibles que puedan producir Energía Nuclear, los previstos en los artículos y .

    Artículo adicionado DOF

Citado por 6 leyes

Referenciado por otras leyes

8 referencias directas

6 leyes citan este artículo en 8 párrafos detectados.

Ley Federal De Derechos [LFD]
Artículo 29 · referencia 389
XXX. Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores externos independientes y demás profesionales, así como a los oficiales de cumplimiento, que presten sus servicios a las...
Ley Federal De Derechos [LFD]
Artículo 29 · referencia 390
XXXI. Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores y demás profesionales, que coadyuven con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando ésta los contrate, para la...
Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera [LRITF]
Artículo 58 · referencia 321
I. Establecer medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal.
Ley Para Regular Las Instituciones De Tecnología Financiera [LRITF]
Artículo 58 · referencia 344
Las ITF podrán intercambiar información entre sí y con otras entidades del sistema financiero mexicano, incluidos centros cambiarios, transmisores de dinero y asesores en inversiones, facultados para ello en las...
Código Fiscal De La Federación [CFF]
Artículo 69 · referencia 1435
Además de los supuestos previstos en el párrafo segundo, tampoco será aplicable la reserva a que se refiere este precepto, cuando se trate de investigaciones sobre conductas previstas en los artículos 139, 139 Quáter,...
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2025 [LIF_2025_abro]
Artículo vigésimo cuarto · referencia 488
Asimismo, lo dispuesto en el presente transitorio no será aplicable cuando se trate de recursos provenientes de una actividad ilícita, cuando se utilicen para este tipo de actividades o se actualicen los supuestos a...
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026 [LIF_2026]
Artículo vigésimo cuarto · referencia 410
Asimismo, lo dispuesto en el presente transitorio no será aplicable cuando se trate de recursos provenientes de una actividad ilícita, cuando se utilicen para este tipo de actividades o se actualicen los supuestos a...
Ley Federal Contra La Delincuencia Organizada [LFCDO]
Artículo 2o · referencia 15
I. Terrorismo, previsto en los artículos 139 al 139 Ter, financiamiento al terrorismo previsto en los artículos 139 Quáter y 139 Quinquies y terrorismo internacional previsto en los artículos 148 Bis al 148 Quáter;...

Se muestran 1-8 de 8 referencias directas.