Artículo 110.- Los afectados con motivo de los actos de las Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores y para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, según corresponda, que pongan fin a los procedimientos de autorizaciones, de modificaciones a los modelos de contratos de adhesión utilizados por las instituciones de crédito, así como aquéllos afectados por la imposición de sanciones administrativas por parte de dichas Comisiones o del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, podrán acudir en defensa de sus intereses a través de recurso de revisión, cuya interposición será optativa.
Párrafo reformado DOF ,
El recurso de revisión deberá interponerse por escrito dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acto respectivo y deberá presentarse ante la Junta de Gobierno de la Comisión que corresponda, cuando el acto haya sido emitido por dicha Junta o por el presidente de esa misma Comisión, o ante este último cuando se trate de actos realizados por otros servidores públicos.
Párrafo reformado DOF
Por lo que respecta a las sanciones administrativas impuestas por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, los afectados deberán interponer el recurso de revisión por escrito dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del acto respectivo y ante la unidad administrativa que emitió el acto impugnado y será resuelto por el superior jerárquico, o en su caso, por la Junta de Gobierno de dicho Instituto.
Párrafo adicionado DOF
El escrito mediante el cual se interponga el recurso de revisión deberá contener:
- El nombre, denominación o razón social del recurrente;
- Domicilio para oír y recibir toda clase de citas y notificaciones;
- Los documentos con los que se acredita la personalidad de quien promueve;
- El acto que se recurre y la fecha de su notificación;
- Los agravios que se le causen con motivo del acto señalado en la fracción IV anterior, y
- Las pruebas que se ofrezcan, las cuales deberán tener relación inmediata y directa con el acto impugnado.
Párrafo reformado DOF ,
Artículo reformado DOF ,