Ley [LIC]

Articulo 85

Ley De Instituciones De Crédito

Artículo 85.- Cuando se trate de operaciones de fideicomiso que constituya el Gobierno Federal o que él mismo, para los efectos de este artículo, declare de interés público a través de la , no será aplicable el plazo que establece la fracción III del artículo de la .

Artículo reformado DOF

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