Ley [LGSM]
Articulo 131
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 131.- La transmisión de una acción que se efectúe por medio diverso del endoso deberá anotarse en el título de la acción.
Artículo reformado DOF
Ley [LGSM]
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 131.- La transmisión de una acción que se efectúe por medio diverso del endoso deberá anotarse en el título de la acción.
Artículo reformado DOF