Ley [LGSM]
Articulo 142
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 142.- La administración de la sociedad anónima estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales y revocables, quienes pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad.
Ley [LGSM]
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 142.- La administración de la sociedad anónima estará a cargo de uno o varios mandatarios temporales y revocables, quienes pueden ser socios o personas extrañas a la sociedad.