Ley [LGSM]
Articulo 147
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 147.- Los cargos de Administrador o Consejero y de Gerente, son personales y no podrán desempeñarse por medio de representante.
Ley [LGSM]
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 147.- Los cargos de Administrador o Consejero y de Gerente, son personales y no podrán desempeñarse por medio de representante.