Ley [LGSM]
Articulo 226
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 226.- Cuando de la fusión de varias sociedades haya de resultar una distinta, su se sujetará a los principios que rijan la de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer.
Ley [LGSM]
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 226.- Cuando de la fusión de varias sociedades haya de resultar una distinta, su se sujetará a los principios que rijan la de la sociedad a cuyo género haya de pertenecer.