Ley [LGSM]
Articulo 40
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 40.- Siempre que no se haga designación de administradores, todos los socios concurrirán en la administración.
Ley [LGSM]
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 40.- Siempre que no se haga designación de administradores, todos los socios concurrirán en la administración.