Ley [LGSM]
Articulo 176
Ley General De Sociedades Mercantiles
Artículo 176.- La falta de presentación oportuna del informe a que se refiere el enunciado general del artículo , será motivo para que la Asamblea General de Accionistas acuerde la remoción del Administrador o Consejo de Administración, o de los Comisarios, sin perjuicio de que se les exijan las responsabilidades en que respectivamente hubieren incurrido.
Artículo reformado DOF
Referenciado por otras leyes
2 referencias directas
2 leyes citan este artículo en 2 párrafos detectados.
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Artículo 41
· referencia 314
Las sociedades anónimas bursátiles no estarán sujetas a lo previsto en el artículo 91, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, ni serán aplicables a dichas sociedades los artículos 164 a 171, 172,...
Ley Para Regular Las Agrupaciones Financieras
[LRAF]
Artículo 56
· referencia 369
Las Sociedades Controladoras no estarán sujetas a lo previsto en el artículo 91, fracción V de la Ley General de Sociedades Mercantiles, ni serán aplicables a dichas sociedades los artículos 164 a 171, 172, último...
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