Ley [LNED]
Articulo 123
Ley Nacional De Extinción De Dominio
Artículo 123. Al ofrecerse la inspección judicial, se expresará:
- El objeto u objetos sobre los que deberá practicarse, y
- Los puntos sobre los que deba versar.
Ley [LNED]
Ley Nacional De Extinción De Dominio
Artículo 123. Al ofrecerse la inspección judicial, se expresará: