Ley [LNED]

Articulo 184

Ley Nacional De Extinción De Dominio

Artículo 184. Son causas justificadas para que el Ministerio Público o el servidor público en quien delegue esa facultad, previo acuerdo con el Fiscal, pueda solicitar el levantamiento de la medida cautelar:

  1. La constancia fehaciente en los autos de que los Bienes objeto de la medida fueron adquiridos por un tercero de Buena Fe;
  2. La Venta Anticipada de los Bienes objeto de la medida;
  3. La utilización provisional de los Bienes objeto de la medida, y
  4. La solicitud de la administradora en aquellos casos en que el aseguramiento es una limitante o impedimento para el ejercicio de las atribuciones de aquella.
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