Ley [LNED]

Articulo 209

Ley Nacional De Extinción De Dominio

Artículo 209. La audiencia principal comprenderá:

  1. Desahogo de pruebas;
  2. Alegatos, y
  3. Sentencia.
Al cierre de la fase de desahogo de pruebas precluirán los derechos que no se ejercieron.
Citado por 0 leyes