Ley [LNED]
Articulo 42
Ley Nacional De Extinción De Dominio
Artículo 42. Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales pueden modificarse en sentencia interlocutoria o en la definitiva.
Ley [LNED]
Ley Nacional De Extinción De Dominio
Artículo 42. Las resoluciones judiciales dictadas con el carácter de provisionales pueden modificarse en sentencia interlocutoria o en la definitiva.