LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO II
Artículo 69.- Corresponde a la persona titular de la presidencia del Tribunal Superior Militar:
Párrafo reformado DOF
- IPresidir las audiencias y dirigir los debates;
Fracción reformada DOF
- II- Recibir quejas e informes sobre demoras, excesos o faltas en el despacho de los negocios. Si las faltas fueren leves, dictará las providencias oportunas para su corrección; pero si fueren graves, dará cuenta al Tribunal Superior Militar para que resuelva;
Fracción reformada DOF
- III- Comunicar a la Secretaría de la Defensa Nacional, las faltas absolutas o temporales de las personas magistradas, jueces, secretarias y demás personal subalterno de la administración de justicia militar;
Fracción reformada DOF ,
- IV- Conceder licencias económicas hasta por tres días al personal a que se refiere la fracción anterior;
Fracción reformada DOF
- V- Llevar la correspondencia oficial, dictando los acuerdos económicos conforme al reglamento interior;
Fracción reformada DOF
- VI- Despachar excitativas de justicia, a petición de parte, contra las personas juzgadoras militares;
Fracción reformada DOF
- VII- Glosar y llevar las cuentas de los gastos de oficio;
Fracción reformada DOF
- VIII- Llevar con toda escrupulosidad, por duplicado, las hojas de actuación de todas las personas funcionarias y empleadas que dependen del Tribunal Superior Militar, haciendo en ellas las anotaciones que procedan, especialmente las que se refieran a quejas que se hayan declarado fundadas y correcciones disciplinarias impuestas, con expresión del motivo de ellas y agregando copia certificada del título de abogado de la persona de que se trate, cuando por la ley sea necesario para el desempeño de algún cargo. El duplicado se remitirá a la Secretaría de la Defensa Nacional;
Fracción reformada DOF ,
- IX- Dictar las medidas que estime convenientes, en lo tocante al archivo judicial y biblioteca, de acuerdo con lo expresado en el artículo , y
Fracción reformada DOF
- X- Lo demás que determinen las leyes y reglamentos.
Fracción reformada DOF