Ley [CNPCF]
Articulo 1155
Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
Artículo 1155. La solicitud de restitución deberá contener al menos lo siguiente:
- Nombre y datos generales de la niña, niño o adolescente;
- Nombre y datos del solicitante y el carácter con el que promueve respecto a la niña, niño o adolescente;
- Antecedentes y los hechos relativos al traslado o sustracción;
- El nombre de la persona que se presume retuvo o traslado ilícitamente y el domicilio o ubicación donde se presume que se encuentra la niña, niño o adolescente, y
- Cualquier información que sea necesaria o pertinente para su localización.