Ley [CNPCF]
Articulo 1156
Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
Artículo 1156. La solicitud de restitución deberá estar acompañada de:
- Copia documento que acredite la custodia de la niña, niño o adolescente solicitado;
- Constancia de la residencia habitual de la niña, niño o adolescente solicitado;
- Cualquier otro documento con el que se pueda probar el medio en el que se desarrolla habitualmente la niña, niño o adolescente;
- Fotografías y demás datos o elementos precisos de identificación de la niña, niño o adolescente en su caso, y
- La traducción de los documentos que se presenten en un idioma distinto al del país al que se solicite la restitución.
- Va autoridad competente podrá prescindir de algunos de estos requisitos si a su juicio se justifica la restitución.