Ley [CNPCF]
Articulo 629
Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
LIBRO Cuarto TÍTULO Segundo CAPÍTULO I SECCIÓN Sexta
Artículo 629. El procedimiento de restitución nacional tiene como finalidad tutelar el derecho de las niñas, niños y adolescentes a no ser trasladados de manera ilegal de su domicilio habitual.