Ley [LSS]

Articulo 303 a

Ley Del Seguro Social

Artículo 303 a. El incumplimiento de las obligaciones administrativas, que en su caso correspondan, serán sancionadas en los términos previstos en la , salvo los que se encuentren comprendidos en el artículo . de dicho ordenamiento.

Artículo adicionado DOF

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