Artículo 172-g .- Por los servicios de verificación establecidos en la y su Reglamento, los concesionarios, permisionarios o autorizados, pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF
- I- Por verificación especial a los concesionarios de vías férreas $3,347.82
- II- Por la verificación técnica de las condiciones físicas y mecánicas del equipo ferroviario de los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario, por cada unidad tractiva o de arrastre $1,434.62
- a).- Por la expedición de la constancia de aprobación $286.69
- III- Por verificación para la construcción o reconstrucción de obras ferroviarias. $3,347.82
Fracción adicionada DOF
- IVPor la verificación de las instalaciones de los servicios auxiliares $3,085.95
Fracción adicionada DOF
Artículo adicionado DOF