Artículo 172-i .- Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
- I- Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:
- a).- Por la expedición del título $3,347.82
- b).- Por la reposición del título $2,391.24
- II- Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:
| a).- Por la expedición del título: | Hasta 100 kilómetros | De más de 100 a 500 kilómetros | De más de 500 kilómetros |
| 1.- Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal ............................. | $1,195.48 | $1,673.71 | $2,152.07 |
| 2.- Particulares exclusivamente ................ | $5,260.94 | $10,043.89 | $14,826.88 |
- III- Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos $2,869.46
- IV- Por prórroga de la vigencia $3,347.82
Artículo adicionado DOF