Ley [LFD]

Articulo 173-c

Ley Federal De Derechos

Artículo 173-c. Por el estudio y, en su caso, la expedición de la autorización para el uso y aprovechamiento de bandas de frecuencias del espectro radioeléctrico para uso secundario, así como por la autorización de las modificaciones técnicas, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF

  1. Por el otorgamiento $17,606.57
  2. Por aquellas modificaciones técnicas que no impliquen la ampliación de cobertura o cambio de ubicación geográfica $9,142.41

    Artículo adicionado DOF

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